Nuevos criterios para la emisión de los certificados de discapacidad sin vencimiento

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🔵A través de la Resolución 1654/2024, publicada el 12 de agosto en el Boletín Oficial, se establecen los criterios para la emisión del Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin vencimiento, en cumplimiento de la normativa vigente. Además, se determinan los mecanismos e instrucciones necesarios para su implementación efectiva.

La Agencia Nacional de Discapacidad indica que la actualización del Certificado Único de Discapacidad (CUD) podrá ser solicitada cuando haya un cambio en el perfil de funcionamiento de la persona con discapacidad que impida su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás.

En los fundamentos de la resolución, se destaca la importancia de simplificar los trámites para garantizar que las personas con discapacidad tengan pleno acceso a sus derechos. Se busca proporcionar transparencia en los procedimientos de certificación y asegurar el acompañamiento permanente del Estado, incluyendo la actualización sistemática de datos para un seguimiento adecuado de sus necesidades y derechos.

Criterios para la Emisión del CUD sin Vencimiento

Se aprueban los siguientes criterios para la emisión del Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin vencimiento:

  1. Renovaciones previas: Personas con dos certificados de discapacidad emitidos previamente, cuyo perfil de funcionamiento se mantenga constante, especialmente en el componente de Actividad y Participación (CIF).
  2. Persona mayor: Personas mayores de 60 años con estructuras y funciones corporales estables durante al menos 5 años.
  3. Necesidad de equipamiento permanente: Personas que requieran de equipamiento o dispositivos de uso permanente para preservar funciones vitales.

En estos casos, se permitirá solicitar la actualización del CUD cuando haya un cambio en el perfil de funcionamiento de la persona con discapacidad que afecte su participación en la sociedad.

Incorporación de la Leyenda «Sin Vencimiento»

El sistema de carga del Registro Nacional de Personas con Discapacidad incluirá la leyenda «Sin vencimiento conforme Ley N° 27.711». Además, se implementarán mecanismos para actualizar los servicios y trámites en línea, permitiendo la incorporación de documentación digital, la digitalización de firmas y la reimpresión del certificado en caso de pérdida o destrucción.

Actualización de Prácticas en las Juntas Evaluadoras

Las Juntas Evaluadoras Interdisciplinarias (JEI) jurisdiccionales deberán actualizar sus prácticas de certificación de discapacidad, adecuándolas a los nuevos criterios establecidos en esta resolución.

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