HAY 2.000 EMPLEADOS DE PLANTA EN CONDICIÓN DE JUBILARSE AUNQUE AUN NO ESTA PREVISTO INICIAR LAS NOTIFICACIONES

Así lo informó el subsecretario de Gestión del Capital Humano, Carlos Medina.
El Gobierno de la Provincia de La Rioja a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas se refirió a la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 2108/22 que reglamenta el artículo 25 de la Ley N° 3870.
Afirmaron que si bien la normativa está en vigencia NO ESTA PREVISTO AUN INICIAR LAS NOTIFICACIONES pero sí que es necesario realizar el trámite para el otorgamiento del beneficio previsional en ANSeS.
En ese sentido, se indicó que lo que quedó establecido en la legislación es la FORMA y los PLAZOS en que los que los agentes de la administración pública provincial y municipal, que habiendo alcanzado los requisitos concurrentes de edad y años de servicio, estén en condiciones de obtener lo que comúnmente de denomina jubilación ordinaria, deberán iniciar el trámite, quedando para más adelante el inicio de las notificaciones formales.
Sin embargo, informaron a quienes deseen iniciar los trámites ante la Administración Nacional de Seguridad Social -ANSeS- o interiorizarse sobre la medida dispuesta para el otorgamiento del beneficio previsional por haber alcanzado los requisitos concurrentes de edad y años de servicio, podrán dirigirse de manera personal a las oficinas de la Subsecretaría del Capital Humano, ubicada en Casa de Gobierno o bien de manera virtual a través de sus canales de atención.
Cabe aclarar, que es esta Subsecretaría quien pone a disposición de las y los agentes en condición de jubilarse, la certificación de servicios que es el requisito inicial que pide la AnSeS para iniciar el trámite jubilatorio
Medina precisó que el decreto 2108/22 reglamenta el artículo 25 de la Ley N° 3870 y que está dirigido a todos aquellos empleados que cumplen con los requisitos necesarios para acceder a su jubilación. Esos requisitos son tener 60 años de edad para las mujeres y 65 años para los hombres y que además hayan cumplido 30 años de servicio.
Medina aclaró que el trámite para jubilarse es personal e indelegable y que se inicia con el pedido del turno en la plataforma virtual de la ANSES. «Nosotros estamos gestionando con la ANSES que se destine un día y horario para atención exclusiva de empleados públicos», acotó.
Por otro lado, el funcionario se refirió a la situación de un empleado estatal que está en condiciones de jubilarse y que pese a eso decide no hacerlo. «Nuestra norma general es aplicable a todos los agentes que están en condiciones de jubilarse, más allá de las apreciaciones personales que cada uno tenga. Son 30 años de trabajo en el Estado, toda una carrera administrativa, se ha cumplido un ciclo y el Estado tiene dentro de sus premisas la renovación de sus cuadros, pero esto no deja de ser una decisión personal e indelegable. Por eso es que se reglamentó este artículo que dice qué pasa cuando no la hacés a la jubilación y no tenés una razón para no hacerla», indicó.
Por último, recordó que quienes se jubilen accederán por un lapso de seis años al cobro de una quincenita de igual valor a la que perciben los trabajadores activos y que actualmente se ubica en 17.500 pesos.